Por Rafa Osuna, hace 2 meses y 20 días

Nueva sentencia a favor de la SGAE: La música Creative Commons no es «de actualidad» sino «alternativa»

Alucinado me quedo cuando leo los datos que ha publicado el diario La Crónica de León sobre una sentencia que condena a un bar de esa ciudad (demandado por la SGAE) a pagar 2289 euros por poner música en el local.

Los acusados alegaron que sólo ponían música Creative Commons y en la sentencia se dice que el bar también ofertaba a sus clientes «música de actualidad». Como no conozco más detalles y no sé si para dictar esa sentencia el juez se basó en alguna prueba, no voy a entrar en el fondo del asunto. No sé si tenían razón los representantes del bar o no.

Lo que sí que me parece alucinante (y vuelve a demostrar lo apartados de la realidad que pueden llegar a estar algunos jueces) es que en la sentenecia se usa el término «música de actualidad» como opuesto al de «música Creative Commons». Como si la música CC nunca pudiese llegar a estar de actualidad. ¿Qué es, entonces?. ¿Música del pasado?.

No obstante, el tema queda claro cuando vemos que tiene que ser el abogado que representaba a la SGAE, Ramón Mera Muñoz, el que aclare qué ha querido decir el juez con el término «música de actualidad». Según Mera Muñoz: «la música de actualidad es la que habitualmente se pone en radios y en televisión y la generalidad de locales». Una muestra más de que la SGAE alecciona al poder judicial sobre los términos a usar. Los jueces los usan (posiblemente sin entender mucho del tema) y, si cabe alguna duda, la propia SGAE lo explica.

Por lo tanto, ya sabéis, la SGAE le ha explicado a los jueces que la música comercial es la que se pone normalmente en la radio y en la tele. Por lo tanto, si una canción CC llega a sonar en las radios, ¿pasará a ser «música comercial»?. Pues no os extrañe que un juez pueda dictar una sentencia en ese sentido. «Es que lo dicen los de la SGAE que saben mucho de esto».

Pero, bueno, por si todo esto no fuese suficientemente esperpéntico, Mera Muñoz también dice que «que es impensable que un local sólo reproduzca música alternativa». Es decir, lo opuesto a «música de actualidad» es «música alternativa». Ya sabéis, los que hacéis música y la ponéis a disposición por medio de una licencia CC sois unos alternativos. Y, por supuesto, es impensable que un bar sólo pueda poner este tipo de música. ¡¿Cómo va a sobrevivir un bar sin música de Bisbal o Alejandro Sanz?!.

En fin, que no salgo de mi asombro.

Por Rafa Osuna, hace 2 meses y 20 días

El «caso Julio Alonso» sigue apareciendo en la prensa

Han pasado ya unos días y la sentencia condenatoria contra Julio Alonso sigue siendo un tema comentado en la prensa escrita.

Ayer mismo podíamos leer un artículo en El País a partir de la entrevista digital que le hicieron los lectores del diario.

También os recomiendo un interesantísimo artículo titulado «Los blogueros, desprotegidos ante la indefinición jurídica» en Público.

Por Rafa Osuna, hace 3 meses y 3 días

Sentencia condenatoria para Julio Alonso

Lo cuenta el propio Julio en su blog. Leedlo ahí.

No hay más que añadir, excepto lo que le he dicho en los comentarios: ahora recurrirá y espero que gane pero, si por cualquier motivo no es así, estoy seguro de que seremos muchos los que ayudemos a Julio Alonso a pagar lo que tenga que pagar.

Porque Julio no se esté defendiendo a sí mismo, nos está defendiendo a todos, a todos los que creemos que no hay que ir con miedo frente a la SGAE, a todos los que creemos que los blogs deben seguir adelante con completa libertad. Entre todos tenemos que pagar nuestra propia defensa.

Animo, Julio.